martes, 31 de julio de 2012

RELACIÓN DE GANADORES DE ARTEFÁCTOS ELECTRODOMÉSTICOS DE LA CAMPAÑA “PREMIO POR PAGO PUNTUAL”

Veintitrés contribuyentes fueron los ganadores del sorteo de artefactos electrodoméstico que se realizó  el miércoles jueves 26 de julio.

El acto público y con presencia de la notaria pública, Dra. Itala Andrea Garrafa Peña, la comisión de se realizó el sorteo de la campaña “Premio Por pago puntual”, de todos los contribuyentes que pagaron sus arbitrios municipales

La relación de ganadores es:

10 Ollas arroceras

CHAMPION JESUS, ADA MARIA
C.P. HERBAY ALTO – LADERA ALTA S/N
Código de Contribuyente Nº 7310
CUPON N° 001262

GONZALES ROJAS PEDRO Y SRA.
C.P.M. CERRO BLANCO UNANUE
Código de Contribuyente Nº 245
CUPON N° 000566

RAMIREZ VDA- DE RAMIREZ BENEDICTA ROSA E HIJOS
C.P.M. HERBAY BAJO AV. LAS PALMAS 149
 Código de Contribuyente Nº 2622
CUPON N° 00338

MENDIETA SANCHEZ FELIX ROBERTO
URB. LOS CIPRECES – LAS ACACIAS  A -02
Código de Contribuyente Nº 5917
CUPON N°  002078

SANCHEZ TASAYCO GILBERTO
C.P. HERBAY ALTO – ESPIRITU SANTO DE PALO   A- 12
Código de Contribuyente Nº 14423
CUPON N° 001504

GARCIA RIVAS JUANA BERTHA
MARISCAL BENAVIDES N° 727
Código de Contribuyente Nº 0826
CUPON N° 000249

CORONADO BERROCAL ESTEBAN
ANEXO SANTA SOFIA   A- 03
Código de Contribuyente Nº 2080
CUPON N° 000769

YAÑEZ RIVERA ROLARIZA PETRONILA
C.P.M. COCHAHUASI   A – 03
Código de Contribuyente Nº 6384
CUPON N° 001212

CONDORI ESPINOZA LIDIA
AA.HH. PROYEC. INT. LA ARENA – NESTOR C. VELASQUEZ.  J – 50
Código de Contribuyente Nº 9817
CUPON N° 001478

CAMA ARIAS ANDRES
C.P.M. BOCA DEL RIO
Código de Contribuyente Nº 2336
CUPON N° 000814

05   MICROONDAS

MATAYOSHI SHIMABUKURO JOSE
C.P.M. CUIVA FDO. SAN ANTONIO NORTE (EXCUIVA)
Código de Contribuyente Nº 2527
CUPON N°  000853

GUERRA RIOS JESSICA
URB. CASUARINAS 2DA. ETAPA
Código de Contribuyente Nº 24978
CUPON N° 001098

MEJIA FLORES GILBERTO MACEDONIO
A.H. PROY. INTEGRAL LA ARENA D – 10
Código de Contribuyente Nº 22524
CUPON N° 001550

CORTEZ ROJAS JUAN BAUTISTA
C.P.M. HERBAY ALTO – PAMPA SANTO DOMINGO PARC. 43
Código de Contribuyente Nº 6204
CUPON N° 001201

MARCAS VIVANCO VICENTE Y ESPOSA
ANEXO PAMPA CASTILLA ALTA S/N.
Código de Contribuyente Nº 27569
CUPON N° 001833


04 TELEVISORES
PALOMINO VARILLAS DORIS ELSA
ANEXO PAMPA CASTILLA S/N
Código de Contribuyente Nº 27564
CUPON Nº 1830

ARCE ARONE DIONICIA
ANEXO PAMPA CASTILLA FDO. MIRAFLORES PANAMERICANA SUR KM. 149
Código de Contribuyente Nº 26845
CUPON Nº 001781

CALAGUA ARCAYA ZOBEIDA
C.P.M BOCA DEL RIO
Código de Contribuyente Nº 5685
CUPON N° 001163

ZAMUDIO SAMAN CORINA
URB. VALLE HERMOSO B-09
Código de Contribuyente Nº 5205
CUPON N° 002062

01 LAVADORA

ROJAS ARIAS HITO ANATOLIO
ANEXO PAMPILLA
Código de Contribuyente Nº 2026
CUPON N° 00752

03 REFRIGERADORAS

PEÑA CASAS JORGE CARLOS
CAU LA ENCAÑADA PARC. 06
Código de Contribuyente Nº 1951
CUPON Nº 00723

RODRIGUEZ ROMAN MAURICIO MARIO Y ARMUTO CERAZO LUCY
A.H. ASUNCION 8 MZ. R LOTE 12 IMPERIAL
Código de Contribuyente Nº 27531
CUPON N° 001971

YATACO ESPICHAN ROCIO PILAR Y ESPOSO
URB. SAN JOSE A – 19
Código de Contribuyente Nº 22486
CUPON Nº 001549

PRESENTACIÓN DE CANDIDATAS AL CERTÁMEN SRTA. SAN VICENTE EN PLAZA BERNARDO O´HIGGINS EL MIÉRCOLES 01 DE AGOSTO

Doce candidatas disputarán el cetro Señorita San Vicente. El certamen que reúne a las jóvenes candidatas de diversas instituciones, estarán presentándose a los diferentes medios de comunicación y público, este miércoles 01 de agosto en la remodelada plaza O’Higgins a partir de las 10:30 am.
La elección y coronación se llevará a cabo  el viernes 03 de agosto, a  las 08:00 pm.  en la plaza de armas  de San Vicente, contando con la presencia de los participantes del programa de Frecuencia Latina, “Yo Soy” segunda temporada: Eminen, Héctor Lavoe, Camilo Sesto y Calle 13
El reinado se realiza con ocasión de la celebración del 191º aniversario de creación política del distrito de San Vicente, la organización del evento viene siendo coordinado por la  Gerencia de Secretaria General de la Municipalidad Provincial de Cañete.
Las concursantes para Señorita San Vicente son: Zully Arteaga Zalupú, Brigitte Carahuatay Cuya, Medaly Casas Rojas, Yolanda de la Cruz Antonio, Zuleyka Ochoa Vallimbrocio, Grecia Pérez Rojas, Romelia Ruesta Adriano, Natalia Sánchez Arongoitia, Soraida Valencia Sánchez, Sayuri Zenteno Angulo, Virginia Menacho Sánchez y Angélica Rivas Cabrera.
La ganadora de este evento, estará representando al distrito sanvicentino, en  Miss Cañete 2012, que se realizará en las celebraciones por el 456º aniversario de fundación española de la Villa de Santa María de Cañete, el viernes 24 de agosto.












lunes, 23 de julio de 2012

ALCALDESA PROVINCIA, FUNCIONARIOS Y POBLACIÓN DE HERBAY ALTO REALIZAN TRABAJO DE LIMPIEZA

Trabajando con pobladores. Desde las 6 de la mañana del día domingo 22 de julio, población  de Herbay Alto, conjuntamente con la alcaldesa de Cañete, María Montoya Conde y funcionarios del municipio provincial, llevaron a cabo la jornada de limpieza en los diversos tramos de camino hacia los centros poblados y anexos de Herbay Ato.
Esta labor se realizó, gracias al compromiso que tuvo la autoridad edil en reunión sostenida el domingo 15 de julio en la plaza del centro poblado.
La faena comunal consistió en la poda de cercos, limpieza de cinco kilómetros de vía que obstruía el camino de las empresas de transportes.
Este tipo de jornada se ha programado realizar cada 06 meses, y por ello, la población se ha comprometido con su autoridad provincial, apoyar este tipo de trabajo, con la finalidad de poder mantener la vía libre de cañaveral, y no ser guarida de delincuentes.
"Es la primera vez que un alcalde llega hasta la Isla Baja, y sobre todo si llega con sus funcionarios a realizar este tipo de trabajo. Queremos  agradecer a la alcaldesa  por el compromiso y por venir hasta nuestro pueblo para trabajar con nosotros en la limpieza de vías ", mencionó  Alberto Castilla Vicente, alcalde de  Herbay Alto.
Montoya Conde, dio a conocer que en los próximos días se iniciarán los estudios para la pavimentación de las calles,  teniendo en cuenta que estos trabajos se iniciarán por etapas.
Al finalizar, la alcaldesa de la comuna cañetana y pobladores que participaron de la faena comunal, degustaron de un delicioso desayuno, preparado por el comité de vaso de leche.

viernes, 20 de julio de 2012

SEMANA DE LA PERUANIDAD SE INICIA DEL 21 AL 27 DE JULIO EN CAÑETE CON PARTICIPACIÓN DE LA POBLACIÓN

En conferencia de prensa, se dio a conocer las actividades programadas con ocasión de la celebración del 191° aniversario de la Independencia del Perú.
La alcaldesa de la provincia de Cañete, María Montoya Conde, en compañía del Gerente de Desarrollo Social, Jaime Cubillas Caycho, e integrantes del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI), dieron a conocer el nutrido programa oficial de actividades,  denominado "Semana de la Peruanidad".
"Queremos que la población participe de las actividades, por eso se ha coordinado con diversas instituciones, comedores populares, Instituciones Educativas, entre otros; para que puedan  participar del festival gastronómico  y  el día del pisco que se realizará el sábado 21  y domingo 22 de julio en la plaza de armas", manifestó la máxima autoridad edil de la provincia.
Dentro de las festividades, COFOPRI como apoyo a la población, han programado la  "Feria Beneficios de Formalización  de la propiedad", donde cada poblador,  hará las consultas respectivas sobre el proceso de formalización de la propiedad, con participación de las diversas entidades como: SUNARP, SENCICO, FONDO MI VIVIENDA, TECHO PROPIO, RENIEC, ENTIDADES FINANCIERAS, UNIVERSIDAD, ETC.
También se ha previsto para que los alumnos de los diversos distritos, del lunes 23 al 26 julio, puedan participar con la exposición de diversos artículos alusivos a las fiestas patrias en periódicos murales. Asimismo rendirán  homenaje a  nuestros  símbolos patrios en la plaza San Martín a partir de las 09:00 am.
Dentro de la programación, el martes 26 a las 06:00 pm., se llevará a cabo la inauguración de la Av. Libertadores y Boulevard Sepúlveda, donde estarán presentes las autoridades invitadas y población.
El miércoles 25 a las 03:00 pm. está programado el pasacalle patrio, a cargo de las instituciones públicas y privadas, programas vaso de leche, talleres productivos, juntas vecinales y centro poblados.
Los Pronoeis e Instituciones Educativas del Nivel Inicial, han programado realizar el Pasacalle y Estampas alusivas a fiestas patrias, evento que se inicia a las 10:30 am. el jueves 26 a las 10:00 am. El cajón peruano, también tiene un espacio, el jueves 26, se desarrollará el "I Festival del Cajón Cañetano".
Las celebraciones por fiestas patrias en Cañete, se realizará el viernes 27, iniciándose con el acto litúrgico con la Misa Te Deum, en la Catedral de San Vicente; los actos protocolares se inician a las 09:15 am. en la plaza San Martín, continuando con el desfile escolar a las 11:00 am. en la Av. Los Libertadores.


jueves, 19 de julio de 2012

D.S. N° 063-2012-PCM NO ES APICABLE AL PROBLEMA DE LÍMITES ENTRE LAS PROVINCIAS DE CHINCHA Y CAÑETE

A través del Oficio N° 716-2011-2012-JLEA/CR, de fecha 09 de julio, emitido por el Congresista de la República, José Luís Elías Avalos, quien solicita se informe a la brevedad posible a la población de Cañete, la aplicación del D.S. N° 063-2012-PCM, publicado el 07 de junio del 2012, en el diferendo limítrofe entre las provincias de Cañete y Chincha.


El municipio provincial de Cañete, comunica a la población cañetana, que a través del Oficio N° 332-2012-PCM/DNTDT de fecha 15 de junio, la Directora Nacional de la Dirección Técnica de Demarcación Territorial, Sra. Ana Ethel Jara Velásquez, hace la precisión jurídica del Decreto Supremo N° 063-2012-PCM, indicándose en el párrafo lo siguiente:

No es de aplicación al caso específico del proyecto le Ley de Límites entre las provincias de Chincha (Ica) y  Cañete (Lima), debido a que el Ejecutivo, a través de la DNTDT/PCM, se pronunció en su oportunidad mediante informe  técnico, el cual viene siendo actualizado y contará con la intervención de las autoridades regionales.


Para mayor información del D.S. N° 063-2012-PCM, pueden acceder a la siguiente dirección electrónica:
http://www.municanete.blogspot.com/2012/07/modifican-el-reglamento-de-la-ley-n_19.html

En tanto las autoridades regionales, provincial, distritales y sociedad civil, participaron de la reunión de trabajo (17/07/2012) que fue organizada por la Comisión Especial de Límites Territoriales de la Municipalidad Provincia de Cañete, donde el historiador, Dr. Luciano Correa Pereyra y el Ing. Jhony Pérez Pacheco, jefe de la oficina de Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Lima, expusieron documentadamente sobre la problemática territorial de Cañete-Chincha. Participaron los congresistas de la República de la Región Lima-Provincias, Wilder Ruiz Loayza y Elard Melgar Valdez; quienes escucharon atentamente la ponencia quedando conformes con la argumentación técnica.

Modifican el Reglamento de la Ley Nº 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial

Modifican el Reglamento de la Ley Nº 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial

DECRETO SUPREMO Nº 063-2012-PCM

 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
     CONSIDERANDO:
     Que, mediante Ley Nº 27795, se promulgó la Ley de Demarcación y Organización Territorial, con la finalidad de establecer las definiciones básicas, criterios técnicos, lograr el saneamiento de límites, la organización racional del territorio de la República y los procedimientos para el tratamiento de la demarcación territorial, cuya competencia es exclusiva del Poder Ejecutivo, de conformidad con el numeral 7) del artículo 102 de la Constitución Política del Perú;
     Que, por Decreto Supremo Nº 019-2003-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 004-2006-PCM se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 27795- Ley de Demarcación y Organización Territorial, conteniendo entre otras disposiciones, normas relativas a la consulta vecinal, las condiciones para la inscripción en la consulta y los plazos para su realización;
     Que, la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial, en su calidad de órgano rector del Sistema Nacional de Demarcación Territorial, es competente para proponer modificaciones a la Ley Nº 27795 y su Reglamento, acorde a lo señalado por el literal b), del artículo 7 del Reglamento de la Ley Nº 27795;
     Que, a fin de facilitar y viabilizar las diferentes acciones en materia de demarcación y organización territorial, resulta necesario efectuar modificaciones al reglamento en lo que respecta al mecanismo de la consulta vecinal, las condiciones para la inscripción de los vecinos, los plazos y el procedimiento de la misma; y,
     De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y modificatorias;
     Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
     DECRETA:
     Artículo 1.- Modificación del Artículo 4 literal q), Artículos 20, 21, 22 y 23, e incorpora literal r) al Artículo 4 al Reglamento de la Ley Nº 27795.
     Modifíquese el Artículo 4 literal q), Artículos 20, 21, 22 y 23, e incorpórese el literal r) al Artículo 4 al Reglamento de la Ley Nº 27795, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2003-PCM, los cuales quedan redactados de la siguiente manera:
     “Artículo 4.- De las definiciones:
     (...)
     q) Vecinos.- Para efectos de la Ley y el presente Reglamento entiéndase por vecinos, a los ciudadanos peruanos o extranjeros, que cuenten por lo menos con dos (02) años de residencia de manera continua en el ámbito territorial de la misma circunscripción, así como a los ciudadanos que acrediten propiedad inmueble situada en el ámbito sujeto a alguna de las acciones de demarcación territorial.
     r) Ámbito involucrado.- Es el área que se determina en un espacio geográfico urbano, periurbano o rural, dotado de recursos humanos, económicos y/o naturales definido por el Órgano Técnico de Demarcación Territorial del Gobierno Regional o su similar para el caso de la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante el informe técnico respectivo, el cual es remitido a la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros, para la determinación conjunta del mecanismo de consulta técnicamente adecuado”.
     “Artículo 20.- De la opinión mayoritaria
     Las acciones de demarcación territorial que requieran acreditar la opinión mayoritaria de la población involucrada podrán recurrir a los siguientes mecanismos de consulta, según su complejidad y conflictividad:
     a) Encuesta Técnica.- Realizada a través de cuestionarios de sondeo de opinión por los Gobiernos Regionales. Son organizados y conducidos por el Gobierno Regional con la presencia de observadores a solicitud y selección del Órgano Técnico del Gobierno Regional. La DNTDT podrá supervisar el proceso de Encuesta Técnica.
     Los cuestionarios son elaborados según los criterios técnicos establecidos por la DNTDT acondicionados según la realidad del departamento o región. Son aprobados mediante Resolución Gerencial Regional con opinión favorable de la DNTDT.
     b) Consulta Poblacional.- Realizada a través del voto ciudadano. Es organizada y conducida por el Gobierno Regional, dejando constancia indubitable de la voluntad poblacional mediante el Acta respectiva y conforme la Directiva correspondiente aprobada por la Presidencia del Consejo de Ministros. La DNTDT podrá supervisar el proceso de consulta poblacional. No es aplicable en áreas urbanas, tales como Lima Metropolitana u otras urbes importantes del país.
     c) Referéndum y/o consulta vecinal.- Se realiza a través del voto ciudadano. Es organizado y conducido por los organismos electorales. Se aplica en las acciones de demarcación territorial conforme a la normativa vigente y se desarrolla en áreas urbanas, tales como Lima Metropolitana u otras urbes importantes del país. Excepcionalmente, en el caso de áreas periurbanas y rurales se realizará según el grado de complejidad y/o conflictividad, determinado por el órgano técnico del Gobierno Regional o su similar para el caso de Lima Metropolitana, refrendado por la DNTDT de la Presidencia del Consejo de Ministros, en las siguientes acciones de demarcación y organización territorial: cambio de nombre de la capital de distrito/provincia; cambio de nombre de distritos y provincias; delimitaciones y/o re delimitaciones político - administrativas; creaciones distritales y provinciales; fusiones distritales y provinciales; anexiones territoriales y traslados de capital”.
     “Artículo 21.- De la Consulta Vecinal
     Para efectos de la consulta vecinal, en áreas urbanas, tales como Lima Metropolitana u otras urbes importantes del país, la Presidencia del Consejo de Ministros aprobará mediante resolución, el informe técnico que da origen a la consulta, el cual es elaborado por el órgano técnico de demarcación territorial competente, conteniendo la identificación del ámbito involucrado por vías, cuadras, manzanas, habilitaciones urbanas, según corresponda. Asimismo, dicha aprobación será puesta en conocimiento del órgano técnico del Gobierno Regional, de los Gobiernos Locales involucrados, así como de los promotores del proceso de consulta, si los hubiere.
     En el caso de áreas periurbanas y rurales los organismos electorales efectuarán la consulta a solicitud de la DNTDT de la Presidencia del Consejo de Ministros en coordinación con el órgano técnico de demarcación territorial del Gobierno Regional quién determinará el nivel de complejidad y conflictividad identificado durante el proceso de demarcación y organización territorial.
     En los casos de tratamiento de límites de circunscripciones provinciales de colindancia interdepartamental o de colindancia con Lima Metropolitana y Callao, ubicada en áreas urbanas, periurbanas o rurales que involucran población incluso dispersa, cuya complejidad y conflictividad no permite acuerdo de las partes, los organismos del sistema electoral realizarán las consultas a solicitud expresa de la Presidencia del Consejo de Ministros”.
     “Artículo 22.- De las condiciones para la inscripción en la consulta vecinal.
     Los vecinos a fin de participar en la consulta vecinal, deberán acreditar las siguientes condiciones:
     a) Ser mayor de dieciocho (18) años de edad.
     b) Acreditar su residencia en el ámbito involucrado por lo menos dos (02) años continuos previos a la fecha de la convocatoria o acreditar propiedad inmueble situado en el ámbito involucrado.
     El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) reglamentará la forma de las referidas acreditaciones”.
     “Artículo 23.- De los plazos de la consulta vecinal
     El procedimiento de consulta vecinal se regirá por los siguientes plazos:
     a) Dentro de los quince (15) días posteriores, de ser oficiado por la Presidencia del Consejo de Ministros, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) convocará a consulta vecinal.
     b) Dentro de los sesenta (60) días posteriores a la fecha de convocatoria el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) elaborará el padrón electoral del proceso de consulta vecinal correspondiente, de acuerdo a las disposiciones que establezca dicho organismo electoral.
     c) Dentro de los cinco (5) días posteriores al vencimiento del plazo indicado en el inciso precedente, el RENIEC remitirá el padrón electoral al JNE para la correspondiente fiscalización y aprobación en un plazo no mayor de diez (10) días, contados a partir de su recepción.
     d) Dentro de los noventa (90) días siguientes a la remisión del padrón electoral, aprobado por el JNE, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) procederá a realizar la consulta vecinal.
     Las controversias que se generen durante el desarrollo de la consulta vecinal o como consecuencia de este proceso, serán resueltas en instancia definitiva por el Jurado Nacional de Elecciones.
     El presente proceso se encuentra regulado por la Ley Nº 26859 (Ley Orgánica de Elecciones) en lo que resulte aplicable.”
     Artículo 2.- Refrendo
     El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros.
     Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de junio del año dos mil doce.
     OLLANTA HUMALA TASSO
     Presidente Constitucional de la República
     ÓSCAR VALDÉS DANCUART
     Presidente del Consejo de Ministros



DISPONEN EL EMBANDERAMIENTO DE LA CIUDAD POR FIESTAS PATRIAS Y ANIVERSARIO DE LA PROVINCIA DE CAÑETE

A
A través de la Ordenanza Nº 026-2012-MPC, se dispone el embanderamiento del distrito de San Vicente, durante los meses de julio y agosto de todos los años.

Esta ordenanza deberá de cumplirse  a partir del  01 de julio al 31 de julio de todos los años, con motivo de celebrarse un aniversario de nuestra independencia. Tal disposición deberá ser acatada por todos los predios privados y públicos  de vivienda y comercio.

En su artículo segundo de la referida ordenanza, se dispone igualmente que del 01 al 31 de agosto de todos los años, con motivos de celebrarse el aniversario de la Fundación Española de Cañete, también se disponga el embanderamiento general con la bandera de la provincia de Cañete.

Durante, los días festivos se invoca el espíritu cívico de la población y vecinos de la ciudad de San Vicente de Cañete, a efectos de que se proceda al pintado y/o limpieza de sus fachadas de los inmuebles que ocupen en el ámbito urbano y/o rural de la ciudad, manteniéndose el color uniforme de las fachadas, dentro del perímetro de la plaza de armas con el tono similar  del edificio municipal.

Finalmente, se encarga el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia de Servicios Públicos, para que a través de la Sub Gerencia de policía municipal, defensa civil y seguridad ciudadana, dispongan las medidas pertinentes a efectos de sancionar a los que incumplan con este dispositivo.